Tener una casa en propiedad implica una serie de gastos a los que tenemos que hacer frente. Uno de ellos es el IBI. ¿Qué es el IBI y cómo se calcula? Hoy queremos contarte todo en este post.
Qué es el IBI
El IBI es un impuesto municipal tramitado por el ayuntamiento de cada localidad. Este impuesto se paga con base en el valor catastral de la vivienda. Para determinar este valor hay que tener en cuenta factores como la ubicación, la antigüedad, la orientación, la equipación del inmueble y el edificio o estado de la vivienda.
Para determinar el valor catastral se tiene en cuenta el valor de mercado y se acerca a la mitad de ese coste. Este cálculo se hace a través de un procedimiento reglado y se corrige basándose en las características de la vivienda o inmueble.
Estos datos son poco transparentes e imprecisos, y con el paso del tiempo y la creación de nuevas zonas más solicitadas para vivir, el valor catastral de una vivienda puede bajar considerablemente y, por tanto, el IBI debería hacer lo mismo.
Sin embargo, la burbuja inmobiliaria ha hecho que este impuesto suba.
Cómo fija el Gobierno el precio del IBI
Aunque este es un impuesto que, como hemos dicho anteriormente, es tramitado por cada ayuntamiento local, el Gobierno lo mantiene bajo regulación. ¿Cómo lo hace?
El valor catastral nunca debe superar el 50 % del precio del mercado del inmueble. Se puede incrementar en un máximo del 0,4 y el 1,3 % del precio catastral. De ahí que el coste del IBI varíe de un ayuntamiento a otro.
Es más, los ayuntamientos pueden incrementar o reducir el IBI tal como en el caso de las VPO, personas de violencia de género o familias numerosas.
¿Y si crees que pagas IBI de más?
Puedes acercarte a la Sede de la Oficina del Catastro y pedir que revisen el impuesto que pagas por tu vivienda o inmueble. Para ello, debes presentar una solicitud que te darán allí y adjuntar a ella una copia de la escritura, tu DNI y un recibo del IBI. El tiempo de resolución estimado es de un año. Si vives en un edificio, y todos los vecinos creen que se paga de IBI más de lo que corresponde, entonces lo mejor es que primero acuda un propietario, y que luego lo haga el resto.
No obstante, no vamos a engañarnos, nadie nos resta impuestos, por lo que, normalmente, no hay muchas solicitudes que se estimen prosperadas, y si así fuera, seguramente se elevaría algún otro tipo de impuesto. Aun así, tienes derecho a asegurarte de que no estás pagando de más en el IBI y pedir que te lo bajen, mucho más si tienes una situación excepcional como las antes mencionadas arriba.
Pago un IBI de 720 al año en una vivienda de protección oficial del año 2006 , aunque esté considerada zona residencial siendo una VPO y ya que no puedo venderla al precio que yo quiera ¿ no se trata de un cobro excesivo?
Un saludo
Hola Raquel,
Lamentablemente desde aqui no podemos ayudarte con esta información. Quienes sí deberían de poder, facilitando los datos catastrales, es el mismo ayuntamiento.
Esperamos que te puedan resolver esta duda.
Saludos,